Perfilan periodo extraordinario en el Congreso
El tema prioritario es la reglamentación de la propaganda oficial que ordenó la SCJN

Gabriel Xantomila
La agenda conjunta del Senado y la Cámara de Diputados incluye un periodo extraordinario si es que las 15 sesiones restantes al 30 de abril –fecha en que se clausura el periodo ordinario– no son suficientes para legislar temas pendientes como el 134 constitucional que se refiere a la propaganda gubernamental; y la declaración de inconstitucionalidad del artículo 298 inciso b) fracción IV de la Ley Federal de Telecomunicaciones.
En lo que va de 2018 son dos iniciativas que han sido presentadas para expedir la Ley General de Propaganda Gubernamental, reglamentaria del artículo 134 constitucional, una del Partido de la Revolución Democrática (PRD) y otra de Nueva Alianza.
La resistencia de cambiar las prácticas gubernamentales frente al gasto excesivo en publicidad oficial son, entre otras, estrategia clientelar; mecanismo de presión a los medios de comunicación; y gasto excesivo en publicidad oficial como coacción política y mercantil, señala en su iniciativa la diputada perredista Ivanova Pool Pech.
Respecto al 298 constitucional, hay que recordar que, en octubre pasado, la Segunda Sala de la Suprema Corte (SCJN) resolvió por unanimidad de votos la inconstitucionalidad del artículo en su inciso B, fracción IV, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR).
Dicho artículo prevé como multa mínima a las televisoras, para ciertas conductas, 1%, y hasta 3% de los ingresos acumulables del infractor.
La diputada aliancista Mirna Isabel Saldívar Paz apuntó que se ha llegado al extremo donde la propaganda gubernamental “se transforma, de un medio para informar a la población, a un instrumento de influencia que pretende manipular’’.
Fue el 15 de noviembre de 2017 cuando la SCJN ordenó al Congreso de la Unión que, a más tardar el 30 de abril, emita la ley reglamentaria del artículo 134 de la Constitución en materia de propaganda gubernamental y comunicación social, cuyo gasto debe realizarse con base en criterios de “eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez”.