Aprueba ITE reglamento para debate al cargo de gobernador de Tlaxcala
Se podrán desarrollar de manera presencial o virtual, de acuerdo con las condiciones sanitarias
Diana Zempoalteca / El Sol de Tlaxcala
El Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) aprobó el reglamento para el desarrollo de los debates para el cargo de gobernador de Tlaxcala.
Define ITE número de regidurías que habrá en cada ayuntamiento
Los cargos serán renovados en el actual proceso electoralComo parte de los criterios establecidos por el órgano electoral, se podrán desarrollar de manera presencial o virtual, de acuerdo con las condiciones sanitarias que se registren en la entidad, pues, por ley, está establecida la celebración de dos debates entre aspirantes a la gubernatura.
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La consejera calificó como lamentable la determinación del Congreso localCabe señalar que solo podrán ser desarrollados en el periodo de campañas electorales, de acuerdo con las fechas establecidas el primero se desarrollará el 18 de abril y el otro será el 16 de mayo de 2021.
La Comisión Temporal de Debates será la encargada de definir los espacios en los que se efectuarán los encuentros, a partir de la evaluación del cumplimiento de condiciones de: seguridad, accesibilidad, capacidad de aforo, aptitudes técnicas y de seguridad sanitaria en la capital Tlaxcalteca.
Así como a quien moderará el debate, basados en su experiencia en entrevistas de radio y/o televisión, trayectoria profesional, así como conocimiento de los temas de coyuntura en la entidad.
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Tendrá un plazo no mayor a 24 horas para hacer el retiro de publicaciones hechas a través de sus redes socialesDebido a que los integrantes de los ayuntamientos se conforman por los principios de mayoría relativa y de representación proporcional, el Consejo General del ITE estableció el número de regidurías que le corresponderá a cada demarcación. En sesión extraordinaria, se determinó bajo formula el número de regidurías que integrará cada planilla al momento de registrarse para contender en el proceso electoral.
La definición puestos municipales se estableció en atención al número de habitantes de cada municipio, es decir, la designación de siete regidores será en los municipios con más de 30 mil habitantes.
Mientras que seis regidores se asignarán en los municipios con más de diez mil y menos de treinta mil habitantes; y cinco en los municipios con menos de diez mil habitantes.