¿Un nuevo día feriado? Esto dice la LFT sobre elecciones del Poder Judicial
Las elecciones judiciales se realizarán el 1 de junio en 19 estados de la República Mexicana, ¿Faltarás al trabajo?
Mirna Vargas / El Sol de Zamora
Se acercan las elecciones judiciales que se llevarán a cabo el próximo 1 de junio y ha surgido la duda sobre si ese día será de suspensión de labores en dependencias gubernamentales y para trabajadores de empresas públicas y privadas.
El próximo domingo 1 de junio saldrá la población a elegir los jueces, ministros y magistrados en Michoacán, así como en otros 18 estados más de la República Mexicana.
Respecto al día inhábil que se prevé sea el 1 de junio, hasta al momento ninguna autoridad se ha posicionado, es decir no han confirmado si será inhábil o no.
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Sin embargo, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), este 2025 sólo tiene ocho suspensiones laborales oficiales y se tratan de las siguientes fechas.
1 de enero
Primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
Tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
1 de mayo
El 16 de septiembre
Tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
1 de octubre cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
El 25 de diciembre
El día que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral
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Así que como tal, la Ley del Trabajo no marca que las elecciones judiciales sean día feriado; en otro tenor, se tiene previsto que las autoridades estatales, municipales y locales decidan si es o no día inhábil.
¿Por qué no es día feriado el 1 de junio?
El 1 de junio no es un día feriado porque no se realizarán las elecciones ordinarias, si no las extraordinarias y así las caracteriza el propio Instituto Nacional Electoral (INE); por tanto no hay razón para que se suspendan labores y ni las empresas otorguen pago triple.