/ jueves 2 de diciembre de 2021

¿Cuándo y cuánto te toca de aguinaldo?

Los patrones que incumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a una multa

En un principio el aguinaldo era solo una gratificación que los patrones solían entregar de forma voluntaria durante el periodo previo a las fiestas decembrinas. Después de un proceso de legislación laboral se formuló en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo como una prestación más.

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“Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste “. así quedó establecido por la Ley Federal del Trabajo emitida en 1992

¿Qué plazo tiene un trabajador para reclamar el pago del aguinaldo?

Foto: Cortesía | Cuartoscuro

Según este artículo, debes de saber que el aguinaldo puede serte entregado antes del día 20 de diciembre de lo contrario tendrás el plazo máximo de un año para solicitarlo en el caso de que esta prestación no sea cubierta o fuera entregada de forma incompleta

¿Cuánto me toca de Aguinaldo?

Según la Ley Federal del Trabajo, (1992). El monto mínimo es de 15 días de salario; o si no se trabajó el año completo, a la parte proporcional.

Foto: Cortesía | Cuartoscuro

¿Qué sanciones se le aplicará al patrón que no pague el aguinaldo?

Los patrones que incumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a una multa que va de 18 mil 260 y 365 mil 200 pesos, conforme al valor de la nueva Unidad de Medida y Actualización (UMA), determinada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

Todos los trabajadores tenemos derecho a percibir de un aguinaldo desde empleados base hasta personal comisionista y prestadores de servicios, siempre y cuando se rijan por la ley Federal del Trabajo.

Para mayor información o dudas relacionadas a este tema te recomendamos ingresar en el siguiente link:
https://www.gob.mx/profedet/articulos/conoce-mas-en-relacion-al-pago-del-aguinaldo?idiom=es

En un principio el aguinaldo era solo una gratificación que los patrones solían entregar de forma voluntaria durante el periodo previo a las fiestas decembrinas. Después de un proceso de legislación laboral se formuló en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo como una prestación más.

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“Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste “. así quedó establecido por la Ley Federal del Trabajo emitida en 1992

¿Qué plazo tiene un trabajador para reclamar el pago del aguinaldo?

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Según este artículo, debes de saber que el aguinaldo puede serte entregado antes del día 20 de diciembre de lo contrario tendrás el plazo máximo de un año para solicitarlo en el caso de que esta prestación no sea cubierta o fuera entregada de forma incompleta

¿Cuánto me toca de Aguinaldo?

Según la Ley Federal del Trabajo, (1992). El monto mínimo es de 15 días de salario; o si no se trabajó el año completo, a la parte proporcional.

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¿Qué sanciones se le aplicará al patrón que no pague el aguinaldo?

Los patrones que incumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a una multa que va de 18 mil 260 y 365 mil 200 pesos, conforme al valor de la nueva Unidad de Medida y Actualización (UMA), determinada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

Todos los trabajadores tenemos derecho a percibir de un aguinaldo desde empleados base hasta personal comisionista y prestadores de servicios, siempre y cuando se rijan por la ley Federal del Trabajo.

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