/ jueves 6 de agosto de 2020

Por decreto, empresas obligadas a hacer pruebas de Covid

Algunas empresas, como la maquila, han visto la necesidad de prevenir contagios y con ello proteger la salud de sus empleados y evitar afectaciones a la actividad laboral

Ciudad Juárez, Chihuahua.- La emergencia sanitaria provocada por la pandemia del Covid-19, no solo determinó la combinación del trabajo en casa con el presencial, también el establecimiento de nuevos protocolos, que contemplen la realización de pruebas para la detección de la enfermedad entre sus empleados.

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Hasta ahora solo en la Ciudad de México, se estableció como una obligación para aquellas empresas que ocupan a más de 100 empleados, a nivel local algunas empresas que operan bajo el programa de Industira Maquiladora y Manufacturera de Exportación (IMMEX), han aplicado de manera intermitente estos exámenes, que si bien no dan un diagnóstico, si permiten detectar a posibles portadores del virus, señaló Cuauhtémo c Estrada, abogado especialista en materia laboral.

Cuauhtémoc Estrada, abogado especialsita en materia laboral, dijo que aquí se siguen los protocolos establecidos por la Secretaría de Salud, pero no se tiene conocimiento de que se haya definido como ua obligacion dentro de la Ley o reglamentos laborales.

Señaló que algunas empresas, como la maquila, han visto la necesidad de prevenir contagios y con ello proteger la salud de sus empleados y evitar afectaciones a la actividad laboral.

Laura Padierna Mota Directora de Aplicaciones Biológicas en Laboratorios de Especialidades Inmunológicas (LEI), por su parte indicó que la realización de pruebas de PCR en el personal de centros de trabajo no solo debe sers una obligación por ley sino también un acto responsable de parte de las empresas para estar seguros de la salud de todos ellos.

Durante este regreso, la salud al interior de cualquier centro de trabajo será una corresponsabilidad entre el patrón quien es responsable de la salud de sus colaboradores en el centro de trabajo y los trabajadores son responsables también fuera del mismo, así como de cuidar de no contagiar al resto de sus compañeros.

Destacó que en la ciudad de México esta exigencia inició desde el 28 de Julio, fecha en la que se publicó en la gaceta oficial, estableciendo que se establece que se hace obligatorio el uso de pruebas PCR Covid-19 para empresas de 100 o más colaboradores,con la responsabilidad de cada empleador de aplicarlas para garantizar la salud de todos al interior del centro de trabajo.

En el Estado de Chihuahua las empresas trabajan de manera coordinada con el Institituto Mexicano del

Seguro Social (IMSS), por lo que al detectar agún caso la institución se encarga de llevar a cabo el procedimiento necesario para atender a los afectados.

Agregó que que actualmente existen 2 tipos de pruebas en el mercado.

En primer lugar esta la Prueba Serológica, que es aquella que detecta la reacción del cuerpo humano ante el virus, la cual puede realizarse desde la segunda semana de infección, es importante que estas pruebas se realicen con reactivos autorizados por la Cofepris y por laboratorios con licencia sanitaria.

Por otro lado, se encuentran las Pruebas PCR las cuales detectan al virus con confianza desde el tercer día de la infección y deben realizarse por laboratorios con reconocimieto del InDRE.

En este contexto, indicó, se hace muy importante conocer los alcances y resultados que cada una de ellas arroja.

En el caso de las pruebas PCR, éstas indican si un paciente está infectado y por lo tanto, si pudiera ser capaz de contagiar a otros con el virus, mientras que en lo concerniente a las serológicas estas indican si alguna vez el paciente tuvo al virus, pero no por ello garantizan la inmunidad al mismo y si existe una frecuencia relevante de falsos negativos, ya que suelen dar respuesta hasta los 7-10 días desde la infección.



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Hasta ahora solo en la Ciudad de México, se estableció como una obligación para aquellas empresas que ocupan a más de 100 empleados, a nivel local algunas empresas que operan bajo el programa de Industira Maquiladora y Manufacturera de Exportación (IMMEX), han aplicado de manera intermitente estos exámenes, que si bien no dan un diagnóstico, si permiten detectar a posibles portadores del virus, señaló Cuauhtémo c Estrada, abogado especialista en materia laboral.

Cuauhtémoc Estrada, abogado especialsita en materia laboral, dijo que aquí se siguen los protocolos establecidos por la Secretaría de Salud, pero no se tiene conocimiento de que se haya definido como ua obligacion dentro de la Ley o reglamentos laborales.

Señaló que algunas empresas, como la maquila, han visto la necesidad de prevenir contagios y con ello proteger la salud de sus empleados y evitar afectaciones a la actividad laboral.

Laura Padierna Mota Directora de Aplicaciones Biológicas en Laboratorios de Especialidades Inmunológicas (LEI), por su parte indicó que la realización de pruebas de PCR en el personal de centros de trabajo no solo debe sers una obligación por ley sino también un acto responsable de parte de las empresas para estar seguros de la salud de todos ellos.

Durante este regreso, la salud al interior de cualquier centro de trabajo será una corresponsabilidad entre el patrón quien es responsable de la salud de sus colaboradores en el centro de trabajo y los trabajadores son responsables también fuera del mismo, así como de cuidar de no contagiar al resto de sus compañeros.

Destacó que en la ciudad de México esta exigencia inició desde el 28 de Julio, fecha en la que se publicó en la gaceta oficial, estableciendo que se establece que se hace obligatorio el uso de pruebas PCR Covid-19 para empresas de 100 o más colaboradores,con la responsabilidad de cada empleador de aplicarlas para garantizar la salud de todos al interior del centro de trabajo.

En el Estado de Chihuahua las empresas trabajan de manera coordinada con el Institituto Mexicano del

Seguro Social (IMSS), por lo que al detectar agún caso la institución se encarga de llevar a cabo el procedimiento necesario para atender a los afectados.

Agregó que que actualmente existen 2 tipos de pruebas en el mercado.

En primer lugar esta la Prueba Serológica, que es aquella que detecta la reacción del cuerpo humano ante el virus, la cual puede realizarse desde la segunda semana de infección, es importante que estas pruebas se realicen con reactivos autorizados por la Cofepris y por laboratorios con licencia sanitaria.

Por otro lado, se encuentran las Pruebas PCR las cuales detectan al virus con confianza desde el tercer día de la infección y deben realizarse por laboratorios con reconocimieto del InDRE.

En este contexto, indicó, se hace muy importante conocer los alcances y resultados que cada una de ellas arroja.

En el caso de las pruebas PCR, éstas indican si un paciente está infectado y por lo tanto, si pudiera ser capaz de contagiar a otros con el virus, mientras que en lo concerniente a las serológicas estas indican si alguna vez el paciente tuvo al virus, pero no por ello garantizan la inmunidad al mismo y si existe una frecuencia relevante de falsos negativos, ya que suelen dar respuesta hasta los 7-10 días desde la infección.



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