/ lunes 13 de enero de 2020

SAT dio de baja a contribuyentes de RFN de estímulo fiscal del IVA

Ya no podrán facturar al 8 por ciento a sus clientes y está en duda la recuperación del excedente que les debe Hacienda al haber pagado ellos al 16% en diversos productos y servicios

Sin previo aviso, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) dio de baja del estímulo fiscal del Impuesto al Valor Agregado a cientos de contribuyentes de la Región Fronteriza Norte (RFN), dijo el presidente de la Asociación de Abogados Fiscalistas, Felipe Salazar Martínez.

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Indicó que esto implica que ya no podrán facturar al 8 por ciento a sus clientes y está en duda la recuperación del excedente que les debe Hacienda al haber pagado ellos al 16 por ciento en diversos productos y servicios.

Recordó que el 31 de diciembre de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto de estímulos fiscales Región Fronteriza Norte, emitido por el Ejecutivo federal, con vigencia a partir del primero de enero del 2019 y vigencia durante ese año y el 2020.

En aquella ocasión se estableció que el Decreto tiene como finalidad fortalecer la economía, mejorar la competitividad frente al mercado de los Estados Unidos de América, incrementar la inversión, fomentar la productividad y contribuir a la creación de fuentes de empleo, dijo.

Sin embargo, se inició con una serie de problemas desde el momento mismo en que, para la obtención de estos estímulos, fue necesario inscribirse ante el SAT, además de que los contribuyentes están sujetos al cumplimiento en materia fiscal de sus proveedores para continuar con el beneficio.

El detalle, añadió, es que aquí no se les ha avisado por qué les cancelaron.

Esta situación saca de competitividad a los negocios, en relación con aquellos que proporcionan un servicio o realizan la venta de productos similares, recalcó.

Además, están en peligro de quedar fuera del padrón de proveedores de algunas empresas, entre ellas del sector maquilador, que les exigen facturarles al 8 por ciento de IVA, bajo la advertencia que de no hacerlo tendrán que buscar otras empresas.

Salazar Martínez dijo que el Decreto de Estímulos Fiscales Región Fronteriza Norte no hace mención expresa en cuanto a la vigencia de ese aviso.

En la ficha de trámite solo se indica que el registro se mantiene activo hasta que el mismo contribuyente presente el aviso para darse de baja.

Concluyó que de acuerdo con lo anterior, quienes hayan presentado el aviso para el estímulo RFN del IVA en 2019, no tienen la necesidad de presentar nuevamente ningún otro para continuar aplicando este estímulo opcional.

Los contribuyentes que hayan sido dados de baja del estímulo de IVA en RFN sin previo aviso por parte del SAT, recalcó, pueden interponer su medio de defensa, antes de hacerlo, hay que hacer una aclaración por el portal del SAT, y si su respuesta es negativa, se cuenta con un plazo de 30 días para interponer el recurso de revocación ante la misma instancia, finalizó.

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Indicó que esto implica que ya no podrán facturar al 8 por ciento a sus clientes y está en duda la recuperación del excedente que les debe Hacienda al haber pagado ellos al 16 por ciento en diversos productos y servicios.

Recordó que el 31 de diciembre de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto de estímulos fiscales Región Fronteriza Norte, emitido por el Ejecutivo federal, con vigencia a partir del primero de enero del 2019 y vigencia durante ese año y el 2020.

En aquella ocasión se estableció que el Decreto tiene como finalidad fortalecer la economía, mejorar la competitividad frente al mercado de los Estados Unidos de América, incrementar la inversión, fomentar la productividad y contribuir a la creación de fuentes de empleo, dijo.

Sin embargo, se inició con una serie de problemas desde el momento mismo en que, para la obtención de estos estímulos, fue necesario inscribirse ante el SAT, además de que los contribuyentes están sujetos al cumplimiento en materia fiscal de sus proveedores para continuar con el beneficio.

El detalle, añadió, es que aquí no se les ha avisado por qué les cancelaron.

Esta situación saca de competitividad a los negocios, en relación con aquellos que proporcionan un servicio o realizan la venta de productos similares, recalcó.

Además, están en peligro de quedar fuera del padrón de proveedores de algunas empresas, entre ellas del sector maquilador, que les exigen facturarles al 8 por ciento de IVA, bajo la advertencia que de no hacerlo tendrán que buscar otras empresas.

Salazar Martínez dijo que el Decreto de Estímulos Fiscales Región Fronteriza Norte no hace mención expresa en cuanto a la vigencia de ese aviso.

En la ficha de trámite solo se indica que el registro se mantiene activo hasta que el mismo contribuyente presente el aviso para darse de baja.

Concluyó que de acuerdo con lo anterior, quienes hayan presentado el aviso para el estímulo RFN del IVA en 2019, no tienen la necesidad de presentar nuevamente ningún otro para continuar aplicando este estímulo opcional.

Los contribuyentes que hayan sido dados de baja del estímulo de IVA en RFN sin previo aviso por parte del SAT, recalcó, pueden interponer su medio de defensa, antes de hacerlo, hay que hacer una aclaración por el portal del SAT, y si su respuesta es negativa, se cuenta con un plazo de 30 días para interponer el recurso de revocación ante la misma instancia, finalizó.

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