/ jueves 23 de septiembre de 2021

Ex gobernador César D., obtendrá carpeta de investigación

Con esta resolución, el exgobernador César Horacio, tendrá acceso a la carpeta de investigación que causó y motivo la extradición

El abogado y representante de César Horacio D.J., Juan Carlos Mendoza, dio a conocer que el día 22 de septiembre fue publicada la sentencia que desechó el amparo 1328/2021, que había promovido el ex consejero jurídico, Jorge Espinoza Cortés, para evitar que se le entregara la carpeta de investigación a su cliente.

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Con esta resolución, el exgobernador César Horacio, tendrá acceso a la carpeta de investigación que causó y motivo la extradición, ya que hasta el momento no ha tenido oportunidad de conocer la misma a pesar de que se encuentra detenido por esta carpeta de investigación.

"El juicio de amparo 1328/2021, fue un juicio promovido por quien fungió como consejero jurídico en la administración estatal pasada; esta fallida intentona pretendía el negar el acceso a la defensa de Cesar Duarte de la carpeta de investigación de la cual derivó la detención provisional del exgobernador en Miami con fines de extradición" explicó el abogado.

Dijo que con esto se buscaba que no se conociera en la administración de Javier Corral la enorme cantidad de errores, omisiones, acuerdos ilegales, testimonios falsos, oficios y toda clase de documentos carentes de legalidad; así como la enorme cantidad de errores en la motivación y fundamentación de dicha carpeta de investigación como en todas las demás, "tal como fue el sello de la casa en la pasada administración".

Con esta sentencia, queda desafortunadamente clara la MÁS ENORME CARENCIA en el ejercicio de la acción penal en la tristemente llamada “operación justicia”; esta carencia que debe ser el eje rector de todo servidor público, es decir, la BUENA FE, carencia que quedó clarisimamente de manifiesto en este amparo, toda vez que la “buena fe” es un concepto que la administración pasada no conoció ni en teoría siquiera, mucho menos en la práctica. Lo anterior en razón que el otrora “Consejero” en todo momento supo que su acción del mal pretendido amparo sería improcedente, toda vez que no se puede interponer un amparo sobre una resolución emanada de otro amparo, tal como fue el caso del amparo 27/2020 que le otorgaba a esta defensa el amparo y protección de la justicia federal para que la violación al derecho humano y garantía constitucional del derecho de defensa no siguiera siendo una flagrante violación al debido proceso por parte de las autoridades administrativas y judiciales, para que por fin, tanto el Lic. Cesar Duarte como su defensa, conocieran con certidumbre los hechos de los cuales se le acusaba y la pruebas en que se “basó” el ministerio público para poder, tal como la Constitución y demás tratados internacionales le asisten, el poder tener acceso a una defensa técnica y adecuada, derecho humano y garantía constitucional que la anterior administración violó en todo el ejercicio de gobierno que le fue confiado por el Pueblo de Chihuahua durante todo el tiempo que estuvo al frente de dicho gobierno.

El abogado y representante de César Horacio D.J., Juan Carlos Mendoza, dio a conocer que el día 22 de septiembre fue publicada la sentencia que desechó el amparo 1328/2021, que había promovido el ex consejero jurídico, Jorge Espinoza Cortés, para evitar que se le entregara la carpeta de investigación a su cliente.

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Con esta resolución, el exgobernador César Horacio, tendrá acceso a la carpeta de investigación que causó y motivo la extradición, ya que hasta el momento no ha tenido oportunidad de conocer la misma a pesar de que se encuentra detenido por esta carpeta de investigación.

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Dijo que con esto se buscaba que no se conociera en la administración de Javier Corral la enorme cantidad de errores, omisiones, acuerdos ilegales, testimonios falsos, oficios y toda clase de documentos carentes de legalidad; así como la enorme cantidad de errores en la motivación y fundamentación de dicha carpeta de investigación como en todas las demás, "tal como fue el sello de la casa en la pasada administración".

Con esta sentencia, queda desafortunadamente clara la MÁS ENORME CARENCIA en el ejercicio de la acción penal en la tristemente llamada “operación justicia”; esta carencia que debe ser el eje rector de todo servidor público, es decir, la BUENA FE, carencia que quedó clarisimamente de manifiesto en este amparo, toda vez que la “buena fe” es un concepto que la administración pasada no conoció ni en teoría siquiera, mucho menos en la práctica. Lo anterior en razón que el otrora “Consejero” en todo momento supo que su acción del mal pretendido amparo sería improcedente, toda vez que no se puede interponer un amparo sobre una resolución emanada de otro amparo, tal como fue el caso del amparo 27/2020 que le otorgaba a esta defensa el amparo y protección de la justicia federal para que la violación al derecho humano y garantía constitucional del derecho de defensa no siguiera siendo una flagrante violación al debido proceso por parte de las autoridades administrativas y judiciales, para que por fin, tanto el Lic. Cesar Duarte como su defensa, conocieran con certidumbre los hechos de los cuales se le acusaba y la pruebas en que se “basó” el ministerio público para poder, tal como la Constitución y demás tratados internacionales le asisten, el poder tener acceso a una defensa técnica y adecuada, derecho humano y garantía constitucional que la anterior administración violó en todo el ejercicio de gobierno que le fue confiado por el Pueblo de Chihuahua durante todo el tiempo que estuvo al frente de dicho gobierno.

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