Chihuahua- Ante el inicio del Semáforo rojo ‘modificado’ al estado, restauranteros podrán reabrir las puertas de sus establecimientos para recibir clientes, sin embargo deberán seguir una serie de estrictas medidas sanitarias y de prevención.
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El Semáforo rojo ‘modificado’, entro en vigor ayer lunes 23 de noviembre, tras las 2 semanas del ‘Súper Cierre, en donde los restaurantes solo pudieron vender comida para llevar.
Los comerciantes pueden abrir operaciones a partir de este momento, siempre y cuando cumplan con los siguientes lineamientos adicionales a los protocolos ya establecidos:
1. Aforo del 50% solo en terraza; se entiende por terraza como el área abierta de por lo menos dos costados, con techo, separada del área de restaurante.
2. El restaurante que tenga terraza y vaya a abrir, tendrá que enviar un correo de aviso a la Dirección General de Gobierno, direcciongeneralgob@gmial.com, con los siguientes datos:
· a. Nombre del restaurante.
· b. Dirección del restaurante.
· c. Medidas de la terraza del restaurante.
· d. Número máximo de personas que pueden estar en la terraza del restaurante con respecto al 50% de aforo de la terraza.
No es necesario esperar confirmación ni aprobación por parte de la Dirección General de Gobierno, al enviar el correo de aviso ya pueden abrir.
3. Las mesas de la terraza del restaurante deberán tener 3 metros de separación en todas las direcciones; con un máximo de 6 personas por mesa y con 1 metro de distancia entre personas de la misma mesa. Aun cumpliendo con estos lineamientos, no se podrá exceder del 50% del aforo establecido para la terraza.
4. Las personas no podrán durar más de 2 horas en la mesa; por lo que al cumplir las dos horas tendrán que abandonar el restaurante.
5. Entre semana: venta de alcohol hasta las 18 horas, no puede haber alcohol en las mesas a las 19 horas; horario de cierre 21 horas.
6. Fines de semana: venta de alcohol hasta las 19 horas, no puede haber alcohol en las mesas a las 20 horas; horario de cierre 22 horas.
7. Los establecimientos podrán instalar mesas en las afueras de sus instalaciones, con una capacidad de hasta el 50% de su aforo normal, con separación de 3 metros de distancia entre las mesas en todas las direcciones, hasta 6 personas por mesa, con un 1 metro de distancia entre personas de la misma mesa, previa autorización del municipio (ya acordado con los municipios de Chihuahua y Juárez).
8. Cada establecimiento será responsable de que sus clientes y empleados traigan cubrebocas y cumplan con todas las medidas; de no hacerlo, al propietario del establecimiento se le aplicarán las sanciones previstas en la Ley del Uso del Cubrebocas y otras disposiciones aplicables.
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