Piden hacer deducible el costo por el 'home office'

Para que los patrones absorban el gasto de luz eléctrica e internet de los empleados, podría ser factible si el gasto sea deducible de impuestos

Salvador Miranda | El Heraldo de Juárez

  · domingo 13 de diciembre de 2020

Una de las actividades nuevas a las que tuvieron que adaptarse las personas, fue a trabajar desde casa / Foto: Olga Casas | El Heraldo de Juárez

Ciudad Juárez.- La aprobación del Senado para que los patrones absorban el gasto de luz eléctrica e internet de los empleados que trabajan desde casa “Home Office” sería factible si el gasto sea deducible de impuestos, sin embargo, habría otros mecanismos como ofrecer un bono para el pago de estos servicios que requieran para cumplir con el trabajo, indicó el presidente de Coparmex Juárez, Eduardo Ramos Morán.

Consideró positiva esta iniciativa aprobado que tendrá que ser promulgada la reforma a la Ley del trabajo por el presidente de la república, pero no a corto plazo y con mecanismos que sean posibles de aplicar como lo han hecho otros países de Europa.

Por su parte, la Senadora de Morena, Bertha Caraveo, avaló la aprobación del Senado la iniciativa de reforma a la Ley del Trabajo para que los patrones paguen el servicio de energía eléctrica e internet de sus trabajadores.

Aseguró que es necesario garantizarles a los trabajadores las herramientas para poder realizar su trabajo y el internet y el consumo de luz eléctrica forman parte de sus herramientas que requieren y necesitan igual como si estuvieran en la oficina o centros de trabajo.

El representante de Coparmex Juárez reiteró que está a favor del dictamen que prsentó el Senado de la república sobre las reformas a la Ley federal del trabajo en materia de teletrabajo, siempre y cuando se hagan regulaciones, considerando que, si se obliga a la empresa a pagar la parte proporcional por el uso de electricidad e internet de la casa del empleado, de existir un mecanismo para permitir la deducibilidad de este gasto a la empresa.

Lo anterior, quiere decir que se reconoce el teletrabajo como el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento del patrón por lo que no se requiere la presencia física en el centro de trabajo.


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