/ miércoles 2 de octubre de 2019

SCJN deja en manos de juez decisión sobre construcción de Santa Lucia

La Suprema Corte declaró que no existe contradicción entre los fallos divergentes que dos tribunales emitieron sobre este tema

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó en manos de un juez federal la decisión sobre la construcción del Aeropuerto Felipe Ángeles en Santa Lucia, Estado de México al declarar que no existe contradicción entre los fallos divergentes que dos tribunales colegiados emitieron sobre este tema.

La segunda sala de la Corte debía resolver el conflicto que surgió luego de que el primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa con sede en Guanajuato rechazó conceder la suspensión a un quejoso por el aeropuerto de Santa Lucia , mientras que el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa con sede en la CDMX, otorgó la suspensión al colectivo #NoMásDerroches en dicho tema.

Por tal motivo y para evitar fallos divergentes, pidieron a la Corte que determine cuál de los dos tiene la razón.

Luego de que la semana pasada la corte había atrasado el tema, este miércoles los integrantes de la segunda sala, integrada por los ministros , Javier Laynez Potisek, Yasmín Esquivel Mossa, José Fernando Franco González Salas, Eduardo Tomás Medina Mora Icaza y Alberto Pérez Dayán, evitaron pronunciarse sobre el fondo del asunto al declarar que no existía contradicción entre los fallos divergentes que dos tribunales colegiados emitieron sobre este tema.

De esta forma, los ministros declararon inexistente la contradicción de tesis 283/2019, cuyo rubro era “determinar si existe contradicción de tesis, en los criterios sustentados respecto de conceder la suspensión previa solicitada respecto a una obra pública a partir de los requisitos que al afecto prevé la Ley de Amparo.”

La sala respaldó la propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán, quien en su proyecto señaló que no existía tal contradicción pues las decisiones, aunque contradictorias, se basaron en hechos diferentes y no había materia de comparación entre ambos fallos.

Con esta decisión, los ministros dejan todo en manos del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa, con sede en la Ciudad de México, quien tendrá que resolver sobre la constitucionalidad de las suspensiones, ahora con el argumento de la seguridad nacional, esgrimido por la Secretaría de la Defensa Nacional.

De haber fallado la Corte por alguno de los dos tribuales, la Segunda Sala hubiera sentado jurisprudencia, es decir, determinaría cuál es el sentido en que todos los juzgados y tribunales federales deben pronunciarse en casos similares.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó en manos de un juez federal la decisión sobre la construcción del Aeropuerto Felipe Ángeles en Santa Lucia, Estado de México al declarar que no existe contradicción entre los fallos divergentes que dos tribunales colegiados emitieron sobre este tema.

La segunda sala de la Corte debía resolver el conflicto que surgió luego de que el primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa con sede en Guanajuato rechazó conceder la suspensión a un quejoso por el aeropuerto de Santa Lucia , mientras que el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa con sede en la CDMX, otorgó la suspensión al colectivo #NoMásDerroches en dicho tema.

Por tal motivo y para evitar fallos divergentes, pidieron a la Corte que determine cuál de los dos tiene la razón.

Luego de que la semana pasada la corte había atrasado el tema, este miércoles los integrantes de la segunda sala, integrada por los ministros , Javier Laynez Potisek, Yasmín Esquivel Mossa, José Fernando Franco González Salas, Eduardo Tomás Medina Mora Icaza y Alberto Pérez Dayán, evitaron pronunciarse sobre el fondo del asunto al declarar que no existía contradicción entre los fallos divergentes que dos tribunales colegiados emitieron sobre este tema.

De esta forma, los ministros declararon inexistente la contradicción de tesis 283/2019, cuyo rubro era “determinar si existe contradicción de tesis, en los criterios sustentados respecto de conceder la suspensión previa solicitada respecto a una obra pública a partir de los requisitos que al afecto prevé la Ley de Amparo.”

La sala respaldó la propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán, quien en su proyecto señaló que no existía tal contradicción pues las decisiones, aunque contradictorias, se basaron en hechos diferentes y no había materia de comparación entre ambos fallos.

Con esta decisión, los ministros dejan todo en manos del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa, con sede en la Ciudad de México, quien tendrá que resolver sobre la constitucionalidad de las suspensiones, ahora con el argumento de la seguridad nacional, esgrimido por la Secretaría de la Defensa Nacional.

De haber fallado la Corte por alguno de los dos tribuales, la Segunda Sala hubiera sentado jurisprudencia, es decir, determinaría cuál es el sentido en que todos los juzgados y tribunales federales deben pronunciarse en casos similares.

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