/ miércoles 24 de marzo de 2021

Morena pide incluir en Ley Antichancla el castigo a violencia psicológica y negligencia

El año pasado se aprobaron reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para prohibir castigos corporales y humillantes a menores de edad

El pasado mes de diciembre, la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para prohibir castigos corporales y humillantes a los menores de edad, lo cual fue conocido popularmente como “la ley anti-chancla”, pero ahora, los legisladores de Morena inscribieron una iniciativa en San Lázaro para ampliar los alcances de esto.

La propuesta corre a cargo de la diputada Mildred Ávila Vera y plantea reformas al Código Penal Federal Capítulo noveno, el cual refiere al maltrato a niñas, niños y adolescentes, para prohibir cualquier castigo corporal, cruel o degradante, así como toda acción, omisión o trato negligente a una persona menor de edad.

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Esta iniciativa prevé castigar con una pena “de 6 meses a 5 cinco años de prisión a quien agreda a una persona menor de edad, utilizando el maltrato psicológico o la fuerza física, ya sea esta con objeto contundente, arma o cualquier otro instrumento, medio o sustancia química, causándole a la persona menor de edad una alteración a su salud, a su integridad física o psicológica”.

Foto: Laura Lovera

Asimismo, se plantea que la persona que cometa este este delito, se le impondrá —a juicio del juez—, la obligación de tratarse psicológicamente, que reciba tratamientos reeducativos de parte de instituciones públicas o por personal experto que la autoridad judicial tenga convenio.

Además se perfila que el infractor sea castigado con la pérdida de la custodia de la víctima, en caso que se trate del tutor o padre y la prohibición de ir o estar en el mismo lugar con el menor agredido.

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Se propone con esta iniciativa que el Ministerio Público —tomando en cuenta el interés superior de la niñez—, exhortará al probable responsable para que se abstenga de cualquier conducta que pudiere resultar ofensiva para la víctima y acordará las medidas preventivas necesarias para salvaguardar la integridad física o psíquica de la misma.

Finalmente, destaca que, también, el Ministerio Público y demás autoridades responsables de la protección y defensa de las personas menores de edad, deberán solicitar las medidas precautorias que consideren pertinentes y, de no hacerlo, estarán sujetos a las sanciones derivadas del ejercicio ilícito del servicio público y abuso de autoridad.

El pasado mes de diciembre, la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para prohibir castigos corporales y humillantes a los menores de edad, lo cual fue conocido popularmente como “la ley anti-chancla”, pero ahora, los legisladores de Morena inscribieron una iniciativa en San Lázaro para ampliar los alcances de esto.

La propuesta corre a cargo de la diputada Mildred Ávila Vera y plantea reformas al Código Penal Federal Capítulo noveno, el cual refiere al maltrato a niñas, niños y adolescentes, para prohibir cualquier castigo corporal, cruel o degradante, así como toda acción, omisión o trato negligente a una persona menor de edad.

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Esta iniciativa prevé castigar con una pena “de 6 meses a 5 cinco años de prisión a quien agreda a una persona menor de edad, utilizando el maltrato psicológico o la fuerza física, ya sea esta con objeto contundente, arma o cualquier otro instrumento, medio o sustancia química, causándole a la persona menor de edad una alteración a su salud, a su integridad física o psicológica”.

Foto: Laura Lovera

Asimismo, se plantea que la persona que cometa este este delito, se le impondrá —a juicio del juez—, la obligación de tratarse psicológicamente, que reciba tratamientos reeducativos de parte de instituciones públicas o por personal experto que la autoridad judicial tenga convenio.

Además se perfila que el infractor sea castigado con la pérdida de la custodia de la víctima, en caso que se trate del tutor o padre y la prohibición de ir o estar en el mismo lugar con el menor agredido.

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Se propone con esta iniciativa que el Ministerio Público —tomando en cuenta el interés superior de la niñez—, exhortará al probable responsable para que se abstenga de cualquier conducta que pudiere resultar ofensiva para la víctima y acordará las medidas preventivas necesarias para salvaguardar la integridad física o psíquica de la misma.

Finalmente, destaca que, también, el Ministerio Público y demás autoridades responsables de la protección y defensa de las personas menores de edad, deberán solicitar las medidas precautorias que consideren pertinentes y, de no hacerlo, estarán sujetos a las sanciones derivadas del ejercicio ilícito del servicio público y abuso de autoridad.

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