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Tlaxcala18 de mayo de 2025
Localviernes, 14 de febrero de 2025

Busca diputada reconocer derecho al agua y mínimo vital

Es un paso significativo hacia el reconocimiento y protección de los derechos fundamentales en Tlaxcala, afirmó

DERECHO AGUA-CONGRESO
La diputada Ana Bertha Mastranzo Corona propuso la adición de una fracción al artículo 26 de la Constitución Política del Estado para reconocer el derecho al agua y su mínimo vital. Cortesía / Congreso del Estado
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Jesús Lima

Para asegurar el acceso al agua sin discriminación alguna, la diputada Ana Bertha Mastranzo Corona propuso la adición de una fracción al artículo 26 de la Constitución Política del Estado para reconocer el derecho al agua y su mínimo vital como un paso significativo hacia el reconocimiento y protección de los derechos fundamentales en Tlaxcala.

En este sentido, la legisladora de Movimiento Regeneración Nacional busca garantizar el derecho fundamental al agua y saneamiento, además de refrendar su compromiso con las políticas de bienestar para favorecer a los sectores más vulnerables de la sociedad, así como asegurar que toda persona tenga acceso a agua suficiente, salubre y aceptable para su uso tanto personal como doméstico.

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Asimismo, la propuesta de Mastranzo Corona busca reconocer el “mínimo vital” del derecho al agua, consistente en garantizar que todas las personas tengan acceso a una cantidad básica y suficiente de agua para cubrir sus necesidades esenciales de forma continua y sostenible.

Para ello, señaló que el Estado, los municipios y los organismos operadores de agua potable deberán asegurar que todas las personas tengan acceso a una cantidad mínima de agua necesaria para que, sin discriminación alguna, satisfagan sus necesidades básicas, independientemente de su situación económica, a fin de garantizar otros derechos como la salud, la dignidad y la vida.

Puntualizó que el agua es considerada un recurso valioso para la subsistencia de todo ser humano, por ello propuso el reconocimiento del derecho al agua en la Constitución local, a efecto de evitar actos discrecionales y garantizar que todas las comunidades, especialmente las más vulnerables, tengan acceso a este recurso de manera equitativa y sostenible.

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De igual forma, enfatizó que al establecer las bases del derecho al agua en la Constitución local, se garantiza su reconocimiento y protección como un derecho fundamental para obligar a las autoridades locales a priorizar su cumplimiento, visto como beneficio social y no como un privilegio.

  • La propuesta se respalda con la interpretación que la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas ha establecido en torno al derecho al agua, recurso natural limitado que “debe tratarse como un bien social, cultural y no fundamentalmente como un bien económico”.

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