/ jueves 13 de abril de 2023

¿Cuál es la fecha límite para que te paguen utilidades?

El reparto de utilidades es el derecho constitucional que tiene el trabajador a participar en las ganancias que obtiene una empresa o patrón por su actividad productiva

Hasta el 20 de mayo es la fecha límite para el reparto de utilidades, recordó el secretario del Trabajo y Previsión Social en Chihuahua, Diódoro Siller Argüello, quien invitó a las empresas a cumplir con este procedimiento.

Los patrones deben exhibir las carátulas del ejercicio fiscal anterior para que se pueda determinar cuáles son las utilidades en los centros de trabajo, y de esta manera poder detectar y calcular la participación de los trabajadores en dicho estímulo.

La dependencia se puso a disposición para cualquier duda sobre el procedimiento, fechas y los montos; y también para asesorar tanto a trabajadores y sindicatos, como a empleadores para dicho cálculo y el cumplimiento normativo.

Secretario del Trabajo y Previsión Social en Chihuahua, Diódoro Siller Argüello / Foto: Pablo Rodríguez | El Heraldo de Chihuahua

Cabe recordar que el reparto de utilidades es el derecho constitucional que tiene el trabajador a participar en las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado, de acuerdo con su declaración fiscal.

Si trabajaste al menos 60 días durante el año a repartir, ya sea en forma contínua o discontinua, debes recibir utilidades.

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Quienes no están obligadas a realizar el reparto de utilidades son las empresas de nueva creación; las instituciones de asistencia privada que con bienes de propiedad particular ejecutan actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.

El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; así como las empresas que tengan un capital menor al que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria.

Publicado originalmente por El Heraldo de Chihuahua

Hasta el 20 de mayo es la fecha límite para el reparto de utilidades, recordó el secretario del Trabajo y Previsión Social en Chihuahua, Diódoro Siller Argüello, quien invitó a las empresas a cumplir con este procedimiento.

Los patrones deben exhibir las carátulas del ejercicio fiscal anterior para que se pueda determinar cuáles son las utilidades en los centros de trabajo, y de esta manera poder detectar y calcular la participación de los trabajadores en dicho estímulo.

La dependencia se puso a disposición para cualquier duda sobre el procedimiento, fechas y los montos; y también para asesorar tanto a trabajadores y sindicatos, como a empleadores para dicho cálculo y el cumplimiento normativo.

Secretario del Trabajo y Previsión Social en Chihuahua, Diódoro Siller Argüello / Foto: Pablo Rodríguez | El Heraldo de Chihuahua

Cabe recordar que el reparto de utilidades es el derecho constitucional que tiene el trabajador a participar en las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado, de acuerdo con su declaración fiscal.

Si trabajaste al menos 60 días durante el año a repartir, ya sea en forma contínua o discontinua, debes recibir utilidades.

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Quienes no están obligadas a realizar el reparto de utilidades son las empresas de nueva creación; las instituciones de asistencia privada que con bienes de propiedad particular ejecutan actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.

El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; así como las empresas que tengan un capital menor al que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria.

Publicado originalmente por El Heraldo de Chihuahua

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