/ martes 5 de marzo de 2024

Utilidades 2024: ¿Cómo calcular cuánto te toca?

¡Ya se acerca este pago! Conoce tus derechos para que puedas hacerlos valer

La entrega de las utilidades está cada día más cerca, si tu trabajas en una empresa es probable que además del aguinaldo sea la prestación que más esperas año con año, pues con esta se reconoce el trabajo de los empleados y su aportación.

En México y según la Ley Federal del Trabajo en su capítulo VIII, Artículo 117: “Los trabajadores participarán en las utilidades de las empresas, de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas”.

Es decir, que como trabajador de una empresa tienes derecho a que esta te pague las utilidades que te correspondan, según tu sueldo y antigüedad, para que puedas calcular y hacer valer tus derechos te explicamos cómo se calculan y un aproximado de cuanto te toca.

Primero lo primero ¿Qué son? Según el Gobierno de México, el reparto de utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.

Lee también: Chihuahua, noveno lugar con más personas desocupadas con 35 mil desempleados

Para saber cuánto te toca de utilidades debes es necesario que la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas determine qué proporción de las ganancias de la empresa, en la actualidad es del 10%.

Tras esto el monto se divide en dos partes, la primera se repartirá de forma equivalente a todos los empleados tomando en cuenta los días trabajados y sin importar el sueldo. La otra se divide entre los empleados de forma proporcional al sueldo.

Es importante determinar que en esta prestación no participan en la repartición los trabajadores domésticos; directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios.

Esta prestación debe ser pagada a más tardar el 30 de mayo en el caso de los trabajadores que laboran para una persona moral (empresa), mientras que las personas que trabajan para una persona física (patrón), tiene hasta el 29 de junio.

¿Cómo saber si tengo derecho a esta prestación?

Si has laborado por lo menos 60 días en la empresa, sin importar que para la fecha del pago de utilidades ya no labores ahí, cuyas utilidades netas fueron de 300 mil pesos o más, según su declaración fiscal 2016, y que tengan más de un año en funcionamiento.

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Las empresas que no están obligadas a pagar además de aquellas que lleven menos de un año, si esta se dedica a elaborar un producto nuevo puede extenderse dos años.

También las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración; las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro

Además de el Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; y aquellas tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Economía.

Ejemplo:

Si hay una empresa que tiene 300 mil pesos de utilidades, el 10% sería 30 mil pesos, para esta trabajan 6 personas de las cuales una es un gerente, por lo que a esta no le tocan utilidades, suponiendo que todos laboran los mismos días y ganan el mismo sueldo le tocaría a cada uno 6 mil pesos.

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¿Qué hago si no me pagan utilidades?

Si la empresa para la que trabajas no paga utilidades tienes un plazo de un año para hacer el reclamo, contando desde la fecha límite para pagar, es decir que si no te pagan este año tienes hasta el 30 de mayo para hacer la reclamación.

Para hacer la reclamación puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo ( PROFEDET) llamando al 800 717 2942 o al 800 911 7877. o mandando un whatsApp al 5514848737.

También puedes mandar un correo a este usuario orientacionprofedet@stps.gob.mx o bien acercarte de manera personal a cualquiera de las 48 oficinas que tienen a lo largo de la República Mexicana.

La entrega de las utilidades está cada día más cerca, si tu trabajas en una empresa es probable que además del aguinaldo sea la prestación que más esperas año con año, pues con esta se reconoce el trabajo de los empleados y su aportación.

En México y según la Ley Federal del Trabajo en su capítulo VIII, Artículo 117: “Los trabajadores participarán en las utilidades de las empresas, de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas”.

Es decir, que como trabajador de una empresa tienes derecho a que esta te pague las utilidades que te correspondan, según tu sueldo y antigüedad, para que puedas calcular y hacer valer tus derechos te explicamos cómo se calculan y un aproximado de cuanto te toca.

Primero lo primero ¿Qué son? Según el Gobierno de México, el reparto de utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.

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Para saber cuánto te toca de utilidades debes es necesario que la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas determine qué proporción de las ganancias de la empresa, en la actualidad es del 10%.

Tras esto el monto se divide en dos partes, la primera se repartirá de forma equivalente a todos los empleados tomando en cuenta los días trabajados y sin importar el sueldo. La otra se divide entre los empleados de forma proporcional al sueldo.

Es importante determinar que en esta prestación no participan en la repartición los trabajadores domésticos; directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios.

Esta prestación debe ser pagada a más tardar el 30 de mayo en el caso de los trabajadores que laboran para una persona moral (empresa), mientras que las personas que trabajan para una persona física (patrón), tiene hasta el 29 de junio.

¿Cómo saber si tengo derecho a esta prestación?

Si has laborado por lo menos 60 días en la empresa, sin importar que para la fecha del pago de utilidades ya no labores ahí, cuyas utilidades netas fueron de 300 mil pesos o más, según su declaración fiscal 2016, y que tengan más de un año en funcionamiento.

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Las empresas que no están obligadas a pagar además de aquellas que lleven menos de un año, si esta se dedica a elaborar un producto nuevo puede extenderse dos años.

También las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración; las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro

Además de el Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; y aquellas tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Economía.

Ejemplo:

Si hay una empresa que tiene 300 mil pesos de utilidades, el 10% sería 30 mil pesos, para esta trabajan 6 personas de las cuales una es un gerente, por lo que a esta no le tocan utilidades, suponiendo que todos laboran los mismos días y ganan el mismo sueldo le tocaría a cada uno 6 mil pesos.

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¿Qué hago si no me pagan utilidades?

Si la empresa para la que trabajas no paga utilidades tienes un plazo de un año para hacer el reclamo, contando desde la fecha límite para pagar, es decir que si no te pagan este año tienes hasta el 30 de mayo para hacer la reclamación.

Para hacer la reclamación puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo ( PROFEDET) llamando al 800 717 2942 o al 800 911 7877. o mandando un whatsApp al 5514848737.

También puedes mandar un correo a este usuario orientacionprofedet@stps.gob.mx o bien acercarte de manera personal a cualquiera de las 48 oficinas que tienen a lo largo de la República Mexicana.

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