Los trabajadores independientes tendrán pensión y fondo para el retiro: aquí los requisitos

Con este mecanismo de incorporación al Seguro Social, los trabajadores independientes estarán cubiertos con diversos seguros

Aarón Valenzuela | El Heraldo de Juárez

  · viernes 18 de marzo de 2022

Foto: Cortesía | IMSS

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pone a disposición de las personas emprendedoras o que trabajan por su cuenta, el Programa Piloto de Personas Trabajadoras Independientes, que brinda un esquema de aseguramiento similar al otorgado a los trabajadores que laboran para un patrón.

Con este mecanismo de incorporación al Seguro Social, los trabajadores independientes estarán cubiertos con los seguros de Enfermedades y Maternidad, Riesgos de Trabajo, Invalidez y Vida, de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, Guarderías y Prestaciones Sociales.

Ve aquí los requisitos para inscribirte al programa

El procedimiento de inscripción y pago es muy sencillo, se deben registrar a través del aplicativo de la página del IMSS https://adodigital.imss.gob.mx/pti/inicio o acudir a cualquiera de las Subdelegaciones del Instituto, proporcionar su Número de Seguridad Social, CURP, informar su ingreso mensual y ocupación, aceptar los términos y condiciones, y con ello el sistema genera el comprobante de inscripción y la línea de captura para el pago.

Programa para Personas Trabajadoras Independientes / Foto: Cortesía | IMSS

¿Cuáles son los beneficios?

En beneficio de los trabajadores en industrias familiares y los independientes, como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos y demás trabajadores no asalariados, el IMSS ha dispuesto un esquema integral de Seguridad Social simplificado para la incorporación voluntaria al Régimen Obligatorio de este sector de la población.

Beneficios

Al estar afiliadas al IMSS, las personas trabajadoras independientes disfrutarán de:

  • Servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y atención obstétrica.
  • Incapacidades.
  • Pensión por invalidez y vida.
  • Fondo para el retiro.
  • Prestaciones sociales dentro de las que se encuentran velatorios y guarderías.

Beneficiarios

  • Cónyuge o concubina(rio).
  • Hijos.
  • Padre y madre.

¿Cómo hay que hacer los pagos?

Los pagos deben realizarse a más tardar el día 20 de cada mes, para iniciar el aseguramiento en el primer día del mes siguiente. A partir de dicha fecha el asegurado titular y sus beneficiarios legales podrán darse de alta en la Unidad de Medicina Familiar que les corresponda, y podrán acceder a la cobertura de seguridad social que ofrece el IMSS.

En caso de dudas ¿Dónde puedo consultar más información?

A través del micro sitio www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-independientes se puede acceder a información detallada sobre los beneficios del programa, a un tutorial, preguntas frecuentes y a una calculadora de cuotas.

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