/ jueves 15 de febrero de 2018

SCJN admite controversia contra Ley de Seguridad presentada por Javier Corral

Se suma a las que presentaron los estados de Puebla, Coahuila, Edomex y Yucatán

El Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, admitió a trámite la controversia constitucional por la Ley de Seguridad Interior promovida por Javier Corral, gobernador de Chihuahua, la que se suma a las que presentaron los municipios de Cholula, Cuauhtémoc y Ahuatlàn, de Puebla; Parral, de Coahuila; Ocuilàn, Cocotitlàn y Netzahualcóyotl, del Edomex; Hoctún, Tepakàn y Oxkutzcab, de Yucatán.

El ministro ordenó notificar a las cámaras de Diputados y Senadores, así como el Poder Ejecutivo Federal, señalados como autoridades responsables, para que rindan su informe dentro del plazo de 30 días hábiles posteriores al que surta efectos la notificación.

La Corte informó que además de la demanda promovida por el gobierno de Chihuahua, el máximo tribunal del país recibió las controversias constitucionales presentadas por los municipios de Soltepec, Puebla; así como de Morelia y Cherán, en Michoacán, también en contra de la Ley de Seguridad Interior.

En el caso de estas tres últimas, no se ha dictado aún el acuerdo correspondiente.

Hasta ahora, el ministro Pardo Rebolledo ha admitido a trámite las acciones de inconstitucionalidad promovidas por diputados, senadores, la CNDH y el INAI, así como diez controversias constitucionales promovidas por municipios de Puebla, Coahuila, Yucatán y el Estado de México, en las que se demanda invalidar diferentes disposiciones de la Ley de Seguridad Interior, promulgada por el Presidente de la República y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre del 2017.

/amg

El Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, admitió a trámite la controversia constitucional por la Ley de Seguridad Interior promovida por Javier Corral, gobernador de Chihuahua, la que se suma a las que presentaron los municipios de Cholula, Cuauhtémoc y Ahuatlàn, de Puebla; Parral, de Coahuila; Ocuilàn, Cocotitlàn y Netzahualcóyotl, del Edomex; Hoctún, Tepakàn y Oxkutzcab, de Yucatán.

El ministro ordenó notificar a las cámaras de Diputados y Senadores, así como el Poder Ejecutivo Federal, señalados como autoridades responsables, para que rindan su informe dentro del plazo de 30 días hábiles posteriores al que surta efectos la notificación.

La Corte informó que además de la demanda promovida por el gobierno de Chihuahua, el máximo tribunal del país recibió las controversias constitucionales presentadas por los municipios de Soltepec, Puebla; así como de Morelia y Cherán, en Michoacán, también en contra de la Ley de Seguridad Interior.

En el caso de estas tres últimas, no se ha dictado aún el acuerdo correspondiente.

Hasta ahora, el ministro Pardo Rebolledo ha admitido a trámite las acciones de inconstitucionalidad promovidas por diputados, senadores, la CNDH y el INAI, así como diez controversias constitucionales promovidas por municipios de Puebla, Coahuila, Yucatán y el Estado de México, en las que se demanda invalidar diferentes disposiciones de la Ley de Seguridad Interior, promulgada por el Presidente de la República y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre del 2017.

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