/ jueves 11 de abril de 2024

Va Senado por facultar al Presidente para otorgar amnistías sin restricción

Con la Ley, el titular del Ejecutivo federal estaría facultado para otorgar amnistías a personas que ayuden a conocer la verdad de los hechos en casos relevantes para el Estado

Las Comisiones Unidas de Justicia y Estudios Legislativos Segunda, aprobaron ayer un dictamen para agregar a la Ley de Amnistía un artículo que faculte al Presidente de la República el poder de “otorgar el beneficio de la amnistía de manera directa, sin sujetarse al procedimiento establecido”.

La iniciativa fue propuesta el pasado 3 de abril por el coordinador de la bancada morenista, Ricardo Monreal, con el respaldo de 15 legisladores de su partido.

El documento publicado en la Gaceta del Senado establece que a la Ley de Amnistía se agrega el artículo noveno para que el titular del Ejecutivo federal pueda otorgar amnistías a personas que ayuden a con elementos útiles para conocer la verdad de los hechos en casos que son relevantes para el Estado.

Agrega que la amnistía será aplicable a cualquier persona o personas que hayan recibido sentencia o estén procesadas por cualquier delito.

Con estas condiciones, señala la iniciativa, el artículo segundo de la Ley de Amnistía se volvería inaplicable. Dicho artículo aclara que “no se concederá el beneficio de esta Ley a quienes hayan cometido delitos contra la vida o la integridad corporal (...) ni a quienes hayan cometido el delito de secuestro, o cuando se hayan utilizado en la comisión del delito armas de fuego”.

“Tampoco se podrán beneficiar las personas indiciadas por los delitos a que se refiere el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, o que hayan cometido otros delitos graves del orden federal”, precisa el artículo segundo.

En tanto, la iniciativa de reforma agrega que las amnistías otorgadas por el Presidente van acompañada de exoneración de delitos, puesto que extinguirán las acciones penales y sanciones impuestas a las personas.

Esto quiere decir que la iniciativa propuesta por Monreal Ávila y aprobada ayer por comisiones, brindaría al Presidente de la República el poder para eximir a cualquier persona de sus sentencias o procesos penales, sin importar la gravedad de los delitos.

Monreal justificó la propuesta porque actualmente hay varios hechos “que han dejado una profunda herida en la sociedad mexicana y pudieran existir personas que tengan aportaciones relevantes y comprobables para el esclarecimiento de los hechos y con ello llegar a la verdad”.

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Durante la discusión en las Comisiones Unidas de Justicia y Estudios Legislativos Segunda, la senadora morenista Olga Sánchez Cordero consideró que el fondo del proyecto es buscar la verdad e implementar la justicia transicional.

En contraparte, el panista Damián Zepeda acusó que no se puede dotar exclusivamente al primer mandatario de facultades supraconstitucionales; “no quiero un país donde el Presidente sea un semidios”, remarcó.

Las Comisiones Unidas de Justicia y Estudios Legislativos Segunda, aprobaron ayer un dictamen para agregar a la Ley de Amnistía un artículo que faculte al Presidente de la República el poder de “otorgar el beneficio de la amnistía de manera directa, sin sujetarse al procedimiento establecido”.

La iniciativa fue propuesta el pasado 3 de abril por el coordinador de la bancada morenista, Ricardo Monreal, con el respaldo de 15 legisladores de su partido.

El documento publicado en la Gaceta del Senado establece que a la Ley de Amnistía se agrega el artículo noveno para que el titular del Ejecutivo federal pueda otorgar amnistías a personas que ayuden a con elementos útiles para conocer la verdad de los hechos en casos que son relevantes para el Estado.

Agrega que la amnistía será aplicable a cualquier persona o personas que hayan recibido sentencia o estén procesadas por cualquier delito.

Con estas condiciones, señala la iniciativa, el artículo segundo de la Ley de Amnistía se volvería inaplicable. Dicho artículo aclara que “no se concederá el beneficio de esta Ley a quienes hayan cometido delitos contra la vida o la integridad corporal (...) ni a quienes hayan cometido el delito de secuestro, o cuando se hayan utilizado en la comisión del delito armas de fuego”.

“Tampoco se podrán beneficiar las personas indiciadas por los delitos a que se refiere el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, o que hayan cometido otros delitos graves del orden federal”, precisa el artículo segundo.

En tanto, la iniciativa de reforma agrega que las amnistías otorgadas por el Presidente van acompañada de exoneración de delitos, puesto que extinguirán las acciones penales y sanciones impuestas a las personas.

Esto quiere decir que la iniciativa propuesta por Monreal Ávila y aprobada ayer por comisiones, brindaría al Presidente de la República el poder para eximir a cualquier persona de sus sentencias o procesos penales, sin importar la gravedad de los delitos.

Monreal justificó la propuesta porque actualmente hay varios hechos “que han dejado una profunda herida en la sociedad mexicana y pudieran existir personas que tengan aportaciones relevantes y comprobables para el esclarecimiento de los hechos y con ello llegar a la verdad”.

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