/ viernes 6 de marzo de 2020

Fallas en el SAT provocan sanciones

Guillermo Soria indicó que desde hace tiempo se presentan dificultades para acceder a este instrumento

Ciudad Juárez, Chihuahua.- Las páginas relacionadas con el cumplimiento de obligaciones fiscales ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT) tienen fallas constantes, lo que evita que los contribuyentes puedan cumplir con la presentación de sus declaraciones de impuestos y otros trámites que deben realizar por esa vía, lo que los coloca en una posición de incumplimiento que puede acarrearles la aplicación de multas y otras sanciones.

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Así lo señaló Guillermo Soria Magaña, coordinador de expresidentes de la Asociación Nacional de Distribuidores de Informática y Comunicación (ANADIC), quien indicó que desde hace tiempo se presentan dificultades para acceder a este instrumento.

Dijo que eso hace que no se pueda cumplir en tiempo con la presentación de la declaración anual y la presentación de otros documentos de manera digital.

Comentó que en el SAT se les comunicó que, debido a la caída de la página, se va a ampliar el plazo para la realización de este y en otros trámites, sin embargo, como se trata de un simple aviso, que no tiene ningún valor legal, porque no está en la Ley ni en la miscelánea fiscal aprobadas por el Congreso, no brinda la seguridad de que vaya a ser respetado.

Simplemente, de acuerdo a nuestras leyes fiscales, el contribuyente dejó de cumplir en tiempo, agregó.

Dijo que este es un problema muy serio que también se padece en el acceso a otras páginas de gobierno, como la de la Secretaría de Economía ante la cual actualmente se realizan todos los trámites vía Internet.

“Ahorita no podemos presentar ni un aviso, porque no podemos entrar a la página o se queda trabada”, apuntó.

Esto implica que lleguen requerimientos por no haber presentado la declaración en fecha y el comunicado o aviso del SAT no es aceptado como prueba.

Comentó que por esa misma vía con frecuencia se tiene que gestionar una constancia, vía electrónica, para comprobar que el empresario está al corriente en sus obligaciones con el SAT, “Si en este momento quiero presentar una declaración informativa, no lo voy a poder hacer y ello va a acarrearme problemas con mis clientes y proveedores”.

Soria Magaña destacó que hay otra problemática con las personas físicas con actividad empresarial e ingresos hasta por 4 millones de pesos, que se basan en una regla que les permite no presentar la declaración informativa. El problema es que le SAT, al gestionar la “final de cumplimiento” se las da negativa porque no la han presentado.

El contribuyente entonces tiene que presentar una aclaración en la que señala que no es obligatorio para él hacerlo, pero mientras tanto no va a poder facturar y la respuesta por parte del gobierno federal tarda hasta 100 días en liberarlo, tiempo en el que el proveedor no vende o el cliente no paga hasta que no se cumpla con ese requisito.

Cabe recordar que las modificaciones hechas a las leyes fiscales mexicanas, hacen corresponsable al contribuyente de las irregularidades o incumplimientos en las que incurran sus clientes y proveedores en materia fiscal, dijo.

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Comentó que en el SAT se les comunicó que, debido a la caída de la página, se va a ampliar el plazo para la realización de este y en otros trámites, sin embargo, como se trata de un simple aviso, que no tiene ningún valor legal, porque no está en la Ley ni en la miscelánea fiscal aprobadas por el Congreso, no brinda la seguridad de que vaya a ser respetado.

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Dijo que este es un problema muy serio que también se padece en el acceso a otras páginas de gobierno, como la de la Secretaría de Economía ante la cual actualmente se realizan todos los trámites vía Internet.

“Ahorita no podemos presentar ni un aviso, porque no podemos entrar a la página o se queda trabada”, apuntó.

Esto implica que lleguen requerimientos por no haber presentado la declaración en fecha y el comunicado o aviso del SAT no es aceptado como prueba.

Comentó que por esa misma vía con frecuencia se tiene que gestionar una constancia, vía electrónica, para comprobar que el empresario está al corriente en sus obligaciones con el SAT, “Si en este momento quiero presentar una declaración informativa, no lo voy a poder hacer y ello va a acarrearme problemas con mis clientes y proveedores”.

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